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Remuneración RD 661 en MVScada

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Remuneración RD 661 en MVScada

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Las plantas bajo el régimen del RD 661/2007 (y sus modificaciones posteriores) facturan por hasta tres vías: la retribución a la inversión (Rinv), una cantidad fija anual proporcional a su potencia nominal; la retribución a la operación (RO), un precio fijo de venta de la energía a red; y la venta a mercado (pool). Ambas retribuciones se prorratean con un coeficiente de cobertura que depende de la liquidez del sistema.

Detalle de remuneración por instalación

Detalle de retribución por instalación

Para cobrar la retribución a la inversión completa, la instalación debe cumplir unas horas de funcionamiento mínimas al año: MVScada compara en todo momento las horas reales de la planta contra esos umbrales regulatorios, para saber antes de que acabe el año si una instalación va a perder parte de su retribución.

Una calculadora dedicada obtiene, mes a mes, el desglose completo de facturación —incluyendo el Modelo 583 (IVPEE, el impuesto sobre el valor de la producción eléctrica)—, tanto para instalaciones bajo RD 661 como para las que venden mediante PPA o directamente a pool.